martes, 14 de agosto de 2012

La necesidad de un nuevo paradigma educativo

En el día de ayer se estrenó vía web y en más de 151 salas independientes la película-documental "La Educación Prohibida". Desde el 8 de Agosto del 2009 el director tuvo la idea de hacer una película que muestre otras formas de ver la educación. Sabía que había otro tipo de escuelas, algo había escuchado de “escuelas sin exámenes”. La película se proyectó en 151 salas en 119 ciudades de 13 países, donde se vio por más de 180.000 personas gracias a proyecciones autogestionadas.

¿Qué es?

La Educación Prohibida es una película documental que se propone cuestionar las lógicas de la escolarización moderna y la forma de entender la educación, visibilizando experiencias educativas diferentes, no convencionales que plantean la necesidad de un nuevo paradigma educativo.
La Educación Prohibida es un proyecto realizado por jóvenes que partieron desde la visión del quienes aprenden y se embarcaron en una investigación que cubre 8 países realizando entrevistas a más de 90 educadores de propuestas educativas alternativas. La película fue financiada colectivamente gracias a cientos de coproductores y tiene licencias libres que permiten y alientan su copia y reproducción.
La Educación Prohibida se propone alimentar y disparar un debate reflexión social acerca de las bases que sostienen la escuela, promoviendo el desarrollo de una educación integral centrada en el amor, el respeto, la libertad y el aprendizaje.

Sinopsis

La escuela ha cumplido ya más de 200 años de existencia y es aun considerada la principal forma de acceso a la educación. Hoy en día, la escuela y la educación son conceptos ampliamente discutidos en foros académicos, políticas públicas, instituciones educativas, medios de comunicación y espacios de la sociedad civil.Desde su origen, la institución escolar ha estado caracterizada por estructuras y prácticas que hoy se consideran mayormente obsoletas y anacrónicas. Decimos que no acompañan las necesidades del Siglo XXI. Su principal falencia se encuentra en un diseño que no considera la naturaleza del aprendizaje, la libertad de elección o la importancia que tienen el amor y los vínculos humanos en el desarrollo individual y colectivo.
A partir de estas reflexiones críticas han surgido, a lo largo de los años, propuestas y prácticas que pensaron y piensan la educación de una forma diferente. “La Educación Prohibida” es una película documental que propone recuperar muchas de ellas, explorar sus ideas y visibilizar aquellas experiencias que se han atrevido a cambiar las estructuras del modelo educativo de la escuela tradicional.
Más de 90 entrevistas a educadores, académicos, profesionales, autores, madres y padres; un recorrido por 8 países de Iberoamérica pasando por 45 experiencias educativas no convencionales; más de 25.000 seguidores en las redes sociales antes de su estreno y un total de 704 coproductores que participaron en su financiación colectiva, convirtieron a “La Educación Prohibida” en un fenómeno único. Un proyecto totalmente independiente de una magnitud inédita, que da cuenta de la necesidad latente del crecimiento y surgimiento de nuevas formas de educación.


¿La Educación Prohibida es una escuela o un método?

No. No existe tal cosa como un método llamado “Educación Prohibida”, es un nombre de fantasía. La película recurre a innumerables métodos y experiencias pedagógicas que se cruzan entre sí y comparten muchas ideas. Tampoco La Educación Prohibida busca que se cree un método educativo ideal, sino promover la reflexión.


¿Qué fundamentos tiene LEP?

La película es el resultado de una investigación informal. No es el fin llegar a conclusiones o verdades determinantes, sino exponer diferentes ideas comunes a experiencias no convencionales. Estas ideas son en su mayoria expresadas por los educadores entrevistados y en algunas secuencias de la película, resumidas por el narrador. Todo el contenido de la película refleja ideas en las que se basan muchas experiencias educativas.

¿Por qué prohibida?

Solemos confundir normalmente educación con escolarización. La escuela no nos asegura educación, nació con un objetivo de orden social, una necesidad económica y política, la escuela moderna nunca tuvo un objetivo de desarrollo humano.
Hoy en día, en términos generales en la escuela moderna tradicional, no sucede lo que llamamos educación. Puede suceder el traspaso de información, la enseñanza, la instrucción, la capacitación laboral, y en algunos casos la formación para el desarrollo social, pero no educación. La Educación, entendida como el proceso de desarrollo humano, realización personal y manifestación de las potencialidades, no sucede. La Educación en la escuela hegemónica está prohibida.


Enlaces a la página web del proyecto donde pueden ver la película y enterarse de más:







domingo, 12 de agosto de 2012

"Desde otra perspectiva".-

12 DE AGOSTO DÍA DEL NIÑO (EN ARGENTINA):

En Argentina el Día del Niño se celebra el segundo Domingo de Agosto y surge de los intereses comerciales de la Cámara Argentina del Juguete. Poco a poco, se ha ido asimilando a la cultura del país hasta quedar incorporado al ideario colectivo. Se acostumbra regalar juguetes a los niños en ésta fecha. Más allá del tema alegre y festivo del día en cuestión, me gustaría que se tomen un tiempo para leer los siguientes puntos de la entrada y puedan conocer y comprender más cosas.

¿Qué es un niño?:



Entre la inocencia de la infancia y la dignidad de la madurez encontramos una encantadora criatura llamada niño.
Los niños vienen en diferentes medidas, pesos y colores, pero todos tienen el mismo credo: disfrutar cada segundo, de cada minuto, de cada hora, de cada día y de protestar ruidosamente (su única arma) cuando el último minuto se termina y los padres los meten a la cama.
A los niños se los encuentra dondequiera: encima, debajo, dentro, trepando, colgando, corriendo o brincando. Las mamás los adoran, las niñas los detestan, los hermanos mayores los toleran, los adultos los ignoran y el Cielo los protege.
Un niño es la verdad con la cara sucia, la belleza con una cortada en el dedo, la sabiduría con el chicle en el pelo y la esperanza del futuro con una rana en el bolsillo.
Cuando estás ocupado, un niño es un carnaval de ruido desconsiderado, molesto y entrometido; cuando quieres que dé una buena impresión, su cerebro se vuelve de gelatina o se transforma en una criatura salvaje y sádica orientado a destruir el mundo y a sí mismo.
Un niño es una combinación. Tiene el apetito de un caballo, la digestión de una traga espadas, la energía de una bomba atómica, la curiosidad de un gato, los pulmones de un dictador, la imaginación de Julio Verne, la vergüenza de una violeta, la audacia de una trampa de fierro, el entusiasmo de una chinampina y cuando hace algo tiene cinco dedos en cada mano.
Le encantan los helados, las navajas, las sierras, las navidades, los libros de historietas, el chico de enfrente, el campo, el agua (pero no en la regadera), los animales grandes, papá, los trenes, los sábados por la mañana y los carros de bomberos.
Le desagradan las clases de Doctrina, estar acompañado, los colegios, los libros sin ilustraciones, las clases de música, las corbatas, los peluqueros, las niñas, los abrigos, los adultos y la hora de acostarse.
Nadie más se levanta tan temprano ni se sienta a comer tan tarde. Nadie más puede traer en el bolsillo un cortaplumas oxidado, media manzana, un metro de cordel, un saco vacío, dos pastillas de chicle, seis monedas, una honda, un trozo de sustancia desconocida y un auténtico anillo supersónico con un compartimiento secreto.
Un niño es una criatura mágica. Puedes cerrarle la puerta de tu despacho, pero no puedes cerrarle la puerta del corazón. Puedes sacarlo de tu estudio, pero no puedes sacarlo de tu mente.
Mejor ríndete; es tu amo, tu carcelero, tu jefe y tu maestro. Pero cuando regresas a casa por las noches con tus sueños y esperanzas hechas trizas, él puede remediarlas y dejarlas como nuevas con dos mágicas palabras: ¡Hola papito!



20 de Noviembre Día Universal del Niño:

La Asamblea de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño el 20 de Noviembre de 1959 y, exactamente 30 años más tarde, aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño. El 26 de enero de 1990, más de 60 países firmaron la convención. Nuestro país la ratificó el 16 de octubre de 1990, mediante la sanción de la Ley Nacional Nª 23.849, y entró en vigor el 3 de enero de 1991.

Los 10 principios aprobados son:
-El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño ode su familia.
-El niño gozará de protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma suludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
-El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y una nacionalidad.
-El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a el como a su madre, ciudadanos especiales, incluso atención prenatal y posnatal. El niño tendra derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
-El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, laeducación y el cuidado especiales que requiera su caso particular.
-El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprención. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y seguridad moral y material; salvo circunstancias exepcionales, no debera separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de las familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
-El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientacion; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas es esforzarán por promover el goce de este derecho.
-El niño debe, en todas circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
-El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se lo dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupacion o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación, o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
-El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentarla la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser aducado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciecia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
Tres décadas más tarde, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención por los Derechos del Niño. En ella, por primera vez los niños y las niñas de todo el mundo son considerados no solo objeto de protección especial por parte de los adultos y del Estado, sino sujetos titulares de un conjunto de derechos civiles y políticos, que los equiparan a la condición de ciudadanos al otorgarles, por ejemplo, la libertad de expresión, de participación, de asociación y de información veraz y adecuada.
La convención es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. En 1989, los dirigentes mundiales decidieron que los niños y niñas debían de tener una convención especial destinada exclusivamente a ellos, ya que los menores de 18 años precisan de cuidados y protección especiales, que los adultos no necesitan.
La convención establece estos derechos en 54 artículos y dos Protocolos Facultativos. Define los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas en todas partes: el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación; y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social. Los cuatro principios fundamentales de la convención son la no discriminación; la dedicación al interés superior del niño; el derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo; y el respeto por los puntos de vista del niño.
Todos los derechos que se definen en la convención son inherentes a la dignidad humana y el desarrollo armonioso de todos los niños y niñas. La convención protege los derechos de la niñez al estipular pautas en materia de atención de la salud, la educación y la prestación de servicios jurídicos, civiles y sociales.
Al aceptar las obligaciones de la convención (mediante la ratificación o la adhesión), los gobiernos nacionales se comprometieron a proteger y asegurar los derechos de la infancia y aceptaron que se les considere responsables de este compromiso ante la comunidad internacional. Los estados parte de la convención están obligados a cabo todas las medidas y políticas necesarias para proteger el interés superior del niño.
NIÑEZ:



Con la sanción de la Ley 26.061, de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, en el año 2005, se inaugura una nueva etapa en la historia de la infancia de nuestro país que pone fin a casi cien años de patronato. A partir de la aplicación de esta norma, niños, niñas y adolescentes dejan de ser entendidos como objetos bajo la tutela del Estado para pasar a ser reconocidos como sujetos de pleno derecho.
La Ley 26.061 abre el camino hacia una nueva institucionalidad por medio de la creación de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, organismo del Poder Ejecutivo Nacional especializado en infancia y familia; y del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia, órgano deliberativo, consultivo y planificador de políticas públicas para la infancia y la adolescencia en todo el territorio, teniendo en cuenta y trabajando desde las distintas realidades del país.
El principal objetivo de las políticas implementadas por estos organismos consiste en fortalecer a la familia, entendiéndola como base para un desarrollo humano sustentable y como espacio afectivo fundamental para el crecimiento de niños y niñas. A su vez, desarrollan un conjunto de acciones de atención directa en las temáticas de restitución de derechos y de adolescentes infractores de la ley penal. En el primer caso, las acciones están dirigidas a proteger los derechos de niños y niñas que atraviesan situaciones críticas a nivel familiar, social, jurídico o económico (víctimas de violencia, trata, tráfico y trabajo infantil) promoviendo y fortaleciendo la permanencia en su ámbito familiar y comunitario. El segundo caso agrupa todas aquellas acciones destinadas a estimular la capacidad de jóvenes infractores de ejercer sus derechos, respetar los derechos de terceros y asumir obligaciones que les permitan llevar adelante un proyecto de vida ciudadano.
Del mismo modo, a partir de la sanción de la Ley 26.233, de Promoción y regulación de los Centros de Desarrollo Infantil Comunitarios, se busca fortalecer las políticas públicas orientadas a la primera infancia y generar espacios de trabajo conjunto entre organizaciones comunitarias, actores locales, provinciales y nacionales.
Además, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia tiene a su cargo la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores, encargada de identificar las necesidades específicas de la tercera edad, respetando sus particularidades, y promoviendo la participación de las personas mayores en el planeamiento y ejecución de las políticas públicas dirigidas a ese sector de la sociedad, a través del Consejo Federal de Adultos Mayores.